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Ago
7
MODIFICACIONES AL SEGURO DE PARO
publicado en NOT. GUBERNAMENTALES-URUGUAY |
El gobierno envió al Parlamento el proyecto de ley con las reformas para el seguro de desempleo.
El texto señala que los plazos para el subsidio serán de seis meses para los casos de despido o trabajo reducido para empleados con remuneraciones fijas o variables y de cuatro meses para los casos de suspensión total.
Para los trabajadores que tengan empleos remunerados por día o por hora, el seguro de paro será por 72 jornales y 48, respectivamente.
Otras de las modificaciones propuestas es sobre los montos del subsidio que a partir del momento en que sea aprobado el proyecto de ley serán remunerados en forma decreciente.
En los empleados con remuneraciones mensuales, el monto del primer mes será del 66%. Del segundo al sexto mes, los trabajadores percibirán el 57%, 50%, 45%, 42% y 40%, respectivamente.
Para los empleados que reciben su salario por día o por hora, el cálculo se estimará sobre dieciseis jornales el primer mes, llegando a nueve en el sexto mes del subsidio.
La reglamentación indica que los trabajadores que cuenten con 50 o más años de edad al momento de producirse el despido se extenderán por seis meses o 72 jornales.
En otro de los artículos se indica que el monto del subsidio no podrá ser inferior a 1 BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones) para relaciones de trabajo de 25 jornales mensuales y 8 horas diarias de labor.
Refiriéndose a los trabajadores casados o que tuvieran familiares incapaces hasta tercer grado de afinidad o descendientes menores de 21 años, percibirán un suplemento del 20% del subsidio que les corresponda.
El proyecto también sostiene que es conveniente que se mantenga “cierto grado de discrecionalidad” en las prórrogas del seguro de paro.
Por este motivo cuando éstas se soliciten deberá documentarse la transitoriedad de la falta o reducción de trabajo y el compromiso de preservar los puestos de trabajo.
Fuente:El Observador





