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El Subsecretario de Educación y Cultura, Dr. Felipe Michelini, aseguró que con la aprobación de la Ley N° 18.381, que garantiza el acceso a la información pública de todas las personas y con ello, Uruguay da cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

El jerarca sostuvo que junto a la Ley de Base de Datos Personales y al proyecto de ley sobre libertad de información, constituye un importante avance democrático.

Si bien nuestro país había aprobado en marzo de 1985 lo establecido en la Convención Interamericana de Derechos Humanos, o Pacto de San José de Costa Rica, aún no existía la normativa legal necesaria para el cumplimiento de la disposición que establece la libertad de acceso a la información pública de todos los ciudadanos, sin expresión de causal.

Dicho pacto garantiza el derecho de toda persona al acceso a la información pública y a la determinación por ley, de parte de los Estados, de los mecanismos para su acceso, identificando los datos que requieran ser resguardados según causas específicas.

La Ley Nº 18.381, aprobada el pasado 17 de octubre, reglamenta y hace posible que todas las personas accedan a la información pública.

Por otra parte, exige al Estado proporcionar esa información, ya que la gran mayoría de la misma está en poder de la Administración Pública.
Por lo tanto, “constituye un gran elemento de transparencia”, señalo Michelini.

“La aprobación de la Ley, sumada a la Ley de Base de Datos Personales y al proyecto de Ley sobre libertad de información, constituye un avance democrático muy importante en cuanto permite que nuestro país garantice el ejercicio de las personas a expresarse públicamente y buscar información y que sus datos estén bajo las reservas de confidencialidad requeridas”, enfatizó.

La citada norma legal, que regula el derecho al acceso a la información pública, entiende por tal, la que surge de los organismos públicos, más allá del soporte en el cual está contenida.

Además, promueve la transparencia de la función administrativa de los organismos públicos y garantiza el cumplimiento del derecho al acceso a la información pública para todas las personas. Este derecho implica que no es necesario justificar las razones por las cuales se solicita la información.

Con la finalidad de garantizar lo dispuesto en el Pacto de Costa Rica, a partir de 2004, varias organizaciones civiles comenzaron a congregarse para conformar el Grupo de Archivo y Acceso a la Información Pública (GAIP).

Este grupo redactó un anteproyecto de ley, presentado luego a los legisladores, documento que tomó como fundamento la Ley de México de 2002.

El GAIP está integrado por AMARC, Amnistía Internacional-Sección Uruguay, APU (Asociación de la Prensa Uruguaya), Archiveros sin Fronteras-Sección Uruguay, Asociación Uruguaya de Archivólogos, Escuela Universitaria de Bibliotecología y Ciencias Afines, IELSUR, SERPAJ y Uruguay Transparente.

Por su parte, Roberto Gossi, integrante de la Asociación Ciudadana por los Derechos Civiles, afirmó que esta Ley posibilita a todos los ciudadanos a solicitar información pública sin expresión de causal, y que por primera vez la misma va a estar disponible.

Ambos aspectos implican que exista un mayor flujo de información pública disponible y además, una importante
forma de transparencia.

Gossi recordó que el GAIP también promueve la aprobación de la Ley de Archivos, precedente necesario, ya que para brindar información pública, se requiere de archivos ordenados y en condiciones de acceso. La Ley de Archivos fue aprobada en diciembre de 2007 y actualmente se elabora su reglamentación.

Edison Lanza, asesor jurídico de APU, expresó que la Ley de acceso a la información pública es una herramienta clave para lograr mayor transparencia en la gestión pública. Agregó que generalmente es bastante difícil acceder a información dentro del Estado, debido a una cultura del secreto que la Ley contribuye a cambiar.

Lanza agregó que no existía una herramienta jurídica que permitiera, tanto a periodistas como ciudadanos, acceder a una información.

Ahora se establecen plazos, principios y hasta un procedimiento judicial si ameritara una resolución de parte de la Justicia.

Fuente:Brecha


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